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  Ley de Minería
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  Reglamento Ambiental de Actividades Mineras
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  Concesiones Mineras en Areas del Patrimonio Forestal

 


DIRECCIÓN NACIONAL DE MINERÍA:
     
  NORMATIVA LEGAL:

INTRODUCCIÓN

La actividad minera se encuentra normada por la Constitución Política de la República del Ecuador, la Ley de Minería y sus reglamentos.

La normatividad reglamentaria minera contempla a las fases de prospección, exploración, explotación, beneficio, fundición, refinación y comercialización.

El desarrollo, ejecución y aplicación de la política minera corresponde al Ministerio de Energía y Minas; a las Direcciones Regionales de Minería les compete, entre otras atribuciones, otorgar el derecho real e inmueble de concesión minera de exploración y explotación, autorizar las instalación de plantas y otorgar las licencias de comercialización de sustancias minerales; y, a la Dirección Nacional de Minería, entre otras atribuciones, velar por la correcta aplicación de Ley de Minería y demás disposiciones legales en materia minera, conocer sobre las apelaciones y dirimir conflictos de competencia.

El Estado y el Ministerio de Energía y Minas, han emitido normas ambientales para prevenir, controlar, mitigar, rehabilitar y compensar los efectos que las actividades mineras puedan tener sobre el medio ambiente y la sociedad.

 

 

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